Requiere IEEC al PT rectificar en un plazo de 48 horas, solicitud de registro de candidaturas a Diputaciones Locales, Ayuntamientos y Juntas Municipales.

  • Deberán cumplir con la cuota de personas indígenas y con discapacidad.
  • De incumplir el requerimiento, se aplicará el numeral 87 de los Lineamientos para el Registro de Candidaturas a Cargos de Elección Popular para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021.

Aunque el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), aprobó el criterio respecto al supuesto de la solicitud del registro del Partido del Trabajo (PT), en la integración de sus postulaciones para el Ayuntamiento de Palizada; requirió también a dicho Instituto Político para que en un plazo de 48 horas, rectifique sus solicitud de registro de candidaturas a Diputaciones Locales, Ayuntamientos y Juntas Municipales, por el principio de Mayoría Relativa y Representación Proporcional, y cumplan  así con la cuota de personas indígenas y con discapacidad.

Y es que al llevarse a cabo la 20ª Sesión Extraordinaria Virtual del Consejo General del IEEC, encabezada por su Consejera Presidenta, Mtra. Mayra Fabiola Bojórquez, en la que participaron las y los Representantes de los Partidos Políticos registrados ante el Órgano Electoral, se aprobó el Proyecto de Acuerdo No. CG/48/2021, respecto del cumplimiento al principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a los cargos de elección popular, para la integración de Diputaciones Locales, Ayuntamientos y Juntas Municipales, en el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021.  

En ese sentido, el Consejo General aprobó que el criterio respecto al supuesto de la solicitud del registro presentado por el PT, en la integración de sus postulaciones para el Ayuntamiento de Palizada, sea considerado como válido conforme al principio de paridad, por lo que se exceptúa que no cumpla con la alternancia por beneficiar al género Mujer, sin que este pronunciamiento representen prejuzgar sobre los requisitos de elegibilidad.

Posteriormente, se aprobó que serán válidas, en igualdad de condiciones, sin necesidad de requerimiento, las solicitudes de las postulaciones de los Partidos Políticos o Coaliciones de las candidaturas que incluyan una proporción mayor al 50 por ciento del género mujer, en los cargos de integración de Diputaciones, Ayuntamientos y Juntas Municipales, por ambos principios, en dichos supuestos, conforme a este criterio, se exceptúa el cumplimiento a la alternancia siempre y cuando se beneficie a la mujer, sin que este pronunciamiento representen prejuzgar sobre los requisitos de elegibilidad.

Por lo anterior, se instruyó a la Comisión de Organización Electoral, Partidos y Agrupaciones Políticas del Consejo General y a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, Partidos y Agrupaciones Políticas del IEEC, para que en el ámbito de sus atribuciones y competencias determinen los supuestos que beneficien a la mujer en cumplimiento al principio de paridad y al criterio enunciado en el  acuerdo aprobado.

Asimismo, el Consejo General aprobó el Proyecto de Acuerdo No. CG/49/2021, relativo al requerimiento al PT para el cumplimiento en la inclusión de las cuotas indígenas y de personas con discapacidad, en la postulación de candidaturas a los cargos de elección popular, para la integración de Diputaciones Locales,  Ayuntamientos y Juntas Municipales, en el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021

Por ello, se  le requirió que con fundamento en los artículos 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12 párrafo tercero y 385 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche (LIPEEC); así como 6, 53 y 54 de los Lineamientos para el Registro de Candidaturas a Cargos de Elección Popular para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021, para que dentro del plazo de 48 horas contadas a partir de la notificación del Acuerdo aprobado, se dé cumplimiento a lo ordenado en los dos últimos  artículos antes citados.

Con ello, se espera que rectifique en el tiempo referido, la solicitud de registro de candidaturas a Diputaciones Locales, Ayuntamientos y Juntas Municipales, por el principio de mayoría relativa y Representación Proporcional, a fin de que den cumplimiento con la cuota de personas indígenas y con discapacidad.

Con la aprobación de dicho acuerdo, se apercibió al Partido Político antes citado a que en caso de no cumplir con el requerimiento, se le aplicará  lo señalado en el numeral 87 de los Lineamientos para el Registro de Candidaturas a Cargos de Elección Popular para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021.

En diversas  intervenciones,  los y la Representantes de los Partidos Políticos,  Acción Nacional (PAN), Mario Enrique Pacheco Ceballos; Revolucionario Institucional (PRI), Juan Gualberto Alonzo Rebolledo;  y de la Revolución Democrática  (PRD), María del Carmen Pérez López, coincidieron en solicitar una prórroga para concluir el registro de candidaturas,  debido a inconsistencias en el Sistema Nacional de Registros de Precandidatos y Candidatos (SNR) en línea del Instituto Nacional Electoral (INE).

Por ello,  ante una prórroga al día 8 de abril por parte del INE, los integrantes del Consejo General del IEEC, respondieron que estarán realizando el acompañamiento para que puedan finalizar con la captura correspondiente en dicho sistema.

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